Através de un comunicado la Policía Nacional se refirió a las cámaras corporales que en un tiempo planeaba adquirir para los uniformados de la institución. La información surgió a propósito de la polémica suscitada por el millonario contrato dispuesto para la compra de estas cámaras corporales. Al respecto, la Policía aclaró lo siguiente:
1. En el 2021 se realizó un estudio para establecer los parámetros técnicos mínimos requeridos para que un policía pudiera filmar y grabar automáticamente sus procedimientos, como lo establece el artículo 21 de la Ley 1801 de 2016.
2. La filmación y grabación debería activarse cuando el policía iniciara un procedimiento y/o cuando desenfundara el arma de fuego o el dispositivo electrónico de control -conocido como taser-, sin que mediara la manipulación por parte del uniformado. Debería tener conexión permanente para transmitir y conectarse con otras cámaras sin importar el operador de telefonía móvil celular que tuviera la cobertura del lugar donde se encontrara el policía.
3. Durante el desarrollo de este estudio se convocó a diferentes empresas. En este proceso el oficial encargado de esta actividad, no invitó a la casa fabricante de estos dispositivos electrónicos de control taser, lo cual generó polémica.
4. Luego, con la entrada a participar por parte de esta empresa se aumentó el nivel de exigencia del estudio dadas las características de su producto, que la ubicaban como la más opcionada incluyendo un menor precio por dispositivo, lo cual generó una lucha de intereses comerciales.
5. Las cámaras de filmación corporal han sido utilizadas por la Policía Nacional desde el año 2007, por lo que para el estudio se tuvo en cuenta la experiencia acumulada en el desempeño de los diferentes equipos adquiridos desde ese año para permitir mayor objetividad al presentar los videos como elemento de materia de prueba y/o evidencia en materia penal o medio de prueba en lo disciplinario.
6. El estudió finalizó con la elaboración de una ficha técnica que, ante un eventual proceso precontractual, permitiera la participación de varias empresas.
7. El oficial que lideró el estudio fue relevado de esta tarea para garantizar una mayor participación de diversas tecnologías, ya que solo se estaba optando por cámaras orientales.
8. La ficha técnica fue presentada al Ministerio del Interior a finales de 2021 con el fin de analizar la destinación de recursos para la adquisición de cámaras corporales durante los siguientes cuatro años lo cual fue aprobado.
9. Sobre el mes de febrero de 2022 la Dirección General de la Policía Nacional impartió instrucciones para que no se adquirieran cámaras corporales.
10.En agosto de 2022 la Dirección General de la Policía Nacional solicitó al Ministerio del Interior no mantener los recursos de las cámaras corporales y en su lugar permitir la adquisición de radios de comunicaciones, priorizando esta necesidad, lo cual fue aceptado.
11.Está decisión incomodó a personas interesadas en el inicio de un proceso precontractual, lo cual desató una tendenciosa campaña para calumniar a miembros de la Policía Nacional, por lo que se instauraron las respectivas denuncias ante la Fiscalía General de la Nación y se inició otro tipo de acciones judiciales.
12. La Fiscalía General de la Nación a través de uno de sus delegados ante la Corte Suprema de Justicia, está a cargo de analizar una denuncia por tráfico de influencias, por lo que será el ente investigador y acusador quien se pronuncie sobre este tema.