LA PROCURADURÍA SERÁ QUE TIENE LOS DÍAS CONTADOS

Por: Jaime Burgos Martínez. Abogado, especialista en derechos administrativo y disciplinario. 

El doctor Germán Vargas Lleras, en su habitual columna de opinión, en el diario El Tiempo, del pasado domingo 3, afirma que «[m]e sorprendió gratamente que por el momento el único acto legislativo en que tienen interés [los sectores políticos adheridos al nuevo Gobierno] es el de acabar la Procuraduría», lo cual considero ⸺sin ser aguafiestas⸺ que, en estricto derecho, a la luz de la doctrina de sustitución, no es posible llevarlo a cabo mediante el trámite especial de ese tipo de ley, sino por una Asamblea Constituyente, puesto que la Procuraduría General de la Nación, como órgano de control, forma parte del Ministerio Público, que es un elemento resolutorio en la estructura del Estado.

La Constitución Política de 1991, en su parte orgánica, organizacional o estructural (artículo 113), estableció que «[s]on ramas del poder público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Además de los órganos que las integran existen otros, autónomos e independientes, para las demás funciones del Estado», los cuales se gobiernan por el principio de la separación de poderes; pero con colaboración armónica para la realización de sus fines, con el fin de lograr un sistema de pesos y contrapesos, que frena la autoridad omnímoda o descontrolada.

De estos órganos autónomos e independientes, conforme a los artículos 117 y 118 de la Constitución Política, se erige el Ministerio Público, de carácter institucional, al que corresponde «la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas», cuyo ejercicio se atribuye al procurador general de la nación, al defensor del pueblo, a los procuradores delegados, y a sus agentes, ante las autoridades jurisdiccionales, y a los personeros municipales y distritales. 

Y, entonces, al formar parte la Procuraduría General de la Nación del Ministerio Público, y al ser este último un elemento que describe y distingue a la Constitución Política vigente, no puede esta sustituirse total o parcialmente, como lo ha sostenido la Corte Constitucional: «La Constitución de 1991 no consagra cláusulas intangibles y por consiguiente, no pueden oponerse límites materiales al poder de reforma [por el Congreso de la República], el cual, sin embargo, en cuanto que tal, carece de competencia para sustituir la Constitución, esto es, para reemplazarla por una distinta, o para reemplazar un elemento definitorio de su identidad por otro opuesto o integralmente distinto…» (C-971 de 2004).

Así que si existiese un espíritu reflexivo sobre la consigna de acabar con la institución ideada, el 25 de febrero de 1819, en el Congreso de Angostura, por El Libertador Simón Bolívar, al expedir el Reglamento provisorio para el establecimiento del Poder Judicial, en el que se instauraba la figura del Procurador General de la República  «…para que pida y sostenga la observancia de las leyes, en el orden judicial», habría que detenerse a examinar en profundidad ⸺pese a su cuestionada gestión de los últimos años⸺ si se  justifica su eliminación, o más bien se deben hacer los correctivos necesarios para su buen funcionamiento: racionalización de funciones, la reducción de su tamaño y la supresión de la nómina paralela, en caso de que exista ⸺que, paradójicamente,  en otros tiempos era objeto de sanción disciplinaria⸺,  tal como sucede en la mayoría de organismos y agencias estatales. En fin, pensar que la Procuraduría tiene los días contados y no hacer el intento de reorganizarla, para trasladar sus funciones a otras entidades de naturalezas diferentes, no es más que aumentar el caos en que vive este país, tanto en lo judicial como en lo político.    

Bogotá, D. C., julio de 2022

3 comentarios en «LA PROCURADURÍA SERÁ QUE TIENE LOS DÍAS CONTADOS»

  1. Cuando los órganos como la Procuraduria envejecen y se convierten en uno viejos verdes y corrompidos, el camino no es acabarlos (caso que no el de Petro), hay que reformarlo y reasignarle funciones por lo vetustas de las que tienen, en una democracia moderna por sustracción de materia las actuales funciones son disfunsionales per sé.

    Responder

Deja un comentario