LA CONDENA A LA NACIÓN POR NO EVITAR UN DESPLAZAMIENTO FORZADO

A finales de 1999, en medio de una intensa escalada de violencia, grupos de autodefensas sacaron del Urabá Antioqueño a la entonces guerrilla de las FARC, que dominaban ese territorio desde los años setenta.

Justo en esa situación compleja de orden público, hombres armados llegaron a la casa de Arnoldo de Jesús Querubín, en zona rural del municipio de Turbo, para amenazarlo de muerte y decirle que debía irse de la región.

Incluso, fue declarado objetivo militar porque, supuestamente, era un informante de la Fuerza Pública. Antonio tomó sus dos hijos menores de edad y tuvo que desplazarse forzosamente. Solo 13 años después fue incluido en el Registro Único de Víctimas con su familia.

Pues ahora el Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Nación y ordenó a reparar a esta familia con cerca de 350 millones de pesos.

“Toda vez que el desplazamiento forzoso supone en sí mismo la violación de múltiples derechos y expone a la víctima a una situación de indefensión, ruptura familiar y pérdida del arraigo y tradiciones, para la Sala basta con acreditar dicha condición para tener por demostrado el daño padecido por los demandantes”, señala el fallo que publicó la Policía Nacional en su cuenta de Twitter.

Para la Sala, el riesgo al que fue sometido Arnoldo y su familia era previsible y ampliamente conocida por las autoridades. Por eso se necesitaba una intervención del Estado en la zona a través de estrategias de defensa y prevención a favor de la población civil, “que al no presentarse permitieron la expansión y reiteración de estrategias subversivas de los grupos armados”.
Tomado de Caracol radio 

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