En menos de 48 horas, la clínica que canceló el procedimiento debe coordinar el día y la hora con la mujer, cuyo caso se convirtió en un debate nacional
Dieciocho días después de la fecha que ella había elegido para morir y tras una cancelación que se convirtió en un debate nacional en Colombia, un juez ha ordenado que se realice la eutanasia a Martha Sepúlveda, la mujer de 51 años que padece una enfermedad degenerativa. El fallo también obliga a que en las próximas 48 horas la clínica debe coordinar con Sepúlveda la fecha y la hora para reanudar el procedimiento.
El juzgado 20 civil de Medellín aseguró que la IPS Incodol vulneró el derecho de Sepúlveda a morir dignamente, la sometió a vivir una vida indigna y les ordenó a “cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente, en acta emitida el pasado 6 de agosto del presente año, por medio de la cual, se le informa y reconoce a la tutelante, que cumple con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia”.
Sepúlveda iba a ser la primera mujer en Colombia en acceder a la eutanasia sin ser una paciente terminal, gracias a un reciente fallo de la Corte Constitucional, que extendió ese derecho a personas no terminales que por causa de ellas tengan “intenso sufrimiento físico o mental por lesiones corporales o enfermedades graves e incurables”.
Exultante, la mujer dio una entrevista al periodista Juan David Laverde, de Caracol Televisión y tras la noticia, que se hizo viral, un comité científico de la clínica decidió reversar la decisión que ya había autorizado.
La noche del viernes 8 de octubre, con una carta que deslizaron por la puerta de la casa donde viven Sepúlveda y su hijo, Federico Redondo, les anunciaban que se había cancelado el procedimiento. La clínica argumentó la enfermedad de Marta no había progresado en los últimos tres meses y que tenía una mayor expectativa de vida a la indicada antes. Sin embargo, un examen médico difundido por el portal La Silla Vacía reveló que tenía un mayor deterioro de la marcha y “había perdido fuerza en sus miembros superiores”.
La cancelación de última hora- precedida por un comunicado de la Iglesia católica pidiendo a la mujer reconsiderar su decisión- generó entonces un debate nacional que involucró a políticos y autoridades judiciales. Con este fallo el juez reconoció también “que le corresponde a cada persona juzgar y definir qué tipo de sufrimiento considera incompatible con su idea de dignidad. Y no son los médicos, la opinión pública ni la iglesia los que determinan quién sufre más o menos”, dijo Lucas Correa, que pertenece al Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Desclab), que lleva varios casos de eutanasia.
En su momento el Ministerio de Salud se escudó en que el último fallo no se conocía en su integralidad y que ellos no habían sido notificados. La Corte Constitucional respondió difundiendo la sentencia e instando al gobierno de Iván Duque a proteger el derecho a morir dignamente.
La actual decisión del juez coincide con la solicitud del Ministerio de Salud ante la Corte Constitucional. Ante ese tribunal, según la prensa local, el gobierno envió un listado de preguntas en las que pide aclarar la sentencia C-233 de 2021, que amplió el derecho a la eutanasia.
Los abogados de Marta Sepúlveda que han celebrado que “la justicia le dio la razón” han entregado una declaración sobre ese punto. “Ante un Ministerio de Salud que no está interesado en proteger el derecho a morir dignamente e inventa barreras para entorpecerlos, se hizo justicia”, dijo Correa.
“La sentencia- agregó el abogado- debe aplicarse directamente y el ministerio debe reformular la resolución 971 de manera inmediata para que el sistema de salud cuente con unas reglas claras. Quienes quieren ejercer su derecho a morir dignamente no deben tener miedo a hacerlo público, quien ejerce su derecho jamás debe esconderse”.