La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó este jueves que Colombia debe cesar la “interferencia” en la zona exclusiva económica de Nicaragua.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la ONU anunció este jueves, en La Haya, su sentencia relativa a una demanda presentada por Nicaragua en el marco de su larga disputa con Colombia por la frontera marítima en el Caribe.
La CIJ dictaminó que Colombia debe “cesar inmediatamente” las interferencias en aguas del mar Caribe que ese tribunal reconoce como pertenecientes a la zona económica exclusiva de Nicaragua.
Por 10 votos contra 5, los jueces de la CIJ consideraron que Colombia “ha violado los derechos soberanos y jurisdiccionales de Nicaragua”, y por 9 votos contra 6 señalaron que Colombia “debe cesar inmediatamente esa conducta”.
Para ese tribunal, Colombia no está respetando el fallo de 2012 y ha violado algunos aspectos como la pesca, la conservación, la explotación de petróleo.
También estableció que Colombia sí tiene derecho a una zona contigua, pero la que tiene ahora se sobrepone con la zona económica exclusiva de Nicaragua, por lo que infringe los derechos del país centroamericano y debe finalizar de inmediato las conductas violatorias, apegándose al derecho internacional y al fallo de 2012.
Sobre las contrademandas que interpuso Colombia a las demandas de Nicaragua, basadas en 11 puntos en torno a los derechos de los raizales del archipiélago, de pesca artesanal, de cultura y de supervivencia, la CIJ consideró que las evidencias que entregó Colombia no son suficientes y que no demuestran con exactitud que esa población estuviera antes en zonas que ahora le corresponden a Nicaragua. Por eso, desestimó las contrademandas de Colombia.
En este caso, Colombia no perdió ninguna parte del territorio. Este es un caso sobre el incumplimiento de Colombia del fallo de 2012.
Qué le concedió la CIJ a Colombia
Sobre las operaciones de la Armada de Colombia en el mar Caribe, la CIJ afirmó que Nicaragua no mostró satisfactoriamente que Colombia violó lo que está establecido en los tratados. No encontró suficiente la evidencia que presentó el régimen de Daniel Ortega
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Para el tribunal, Nicaragua falló al tratar de demostrar sus intenciones, por lo que descaró ese punto. Fue uno de los pocos puntos que le concedió a Colombia. Para la CIJ, Nicaragua se basó en reportes de prensa o en lo que le dijeron algunos pescadores, y eso no lo considera evidencia suficiente.
Finalmente, la CIJ invitó a los dos países a trabajar en un tratado bilateral para superar las diferencias, una acción que, en la actualidad, luce con dificultas pues Colombia y Nicaragua tienen rotas sus relaciones.
Origen del litigio entre Colombia y Nicaragua
La disputa central había sido objeto de una decisión de la CIJ en 2012, pero la nueva controversia se refiere a una denuncia nicaragüense sobre violaciones por parte de Colombia a los compromisos que se derivaron de la determinación de la corte hace diez años.
En noviembre de 2012 la CIJ otorgó a Nicaragua un área de aproximadamente 75.000 kilómetros cuadrados en el mar Caribe, pero ratificó la soberanía de Colombia sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
El fallo dejó en la práctica a cayos de soberanía colombiana rodeados por aguas nicaragüenses, y por ello el Gobierno colombiano anunció que la decisión sería acatada pero no implementada.
Seguidamente, Colombia se retiró del Pacto de Bogotá, un instrumento que reconoce precisamente la jurisdicción de la Corte en La Haya para este tipo de disputas.
En ese escenario, los dos países se acusan mutuamente de no respetar los compromisos asumidos por el fallo de 2012.
Nicaragua presentó en 2013 una nueva demanda para exigir que la CIJ presione a Colombia a abstenerse de utilizar la fuerza o las amenazas, no violar los espacios marítimos ni atropellar los derechos nicaragüenses a la luz del derecho consuetudinario.
En la fase de reconvención y argumentaciones orales en la Haya, Colombia presentó a su vez contrademandas, para pedir que la CIJ determine que Nicaragua violó los derechos de población autóctona del archipiélago de San Andrés, la comunidad raizal.
Además, Colombia alegó que Nicaragua emitió un decreto sobre límites de espacios marítimos que exceden lo permitido por el derecho internacional y que afectan la pesca artesanal y de subsistencia en los archipiélagos afectados.
Contrademandas colombianas
En esa fase de argumentos, la delegación colombiana incluyó a un representante de la comunidad étnica raizal de San Andrés y Providencia, que relató las dificultades de su comunidad de continuar pescando en las aguas donde actúan desde hace siglos.
En un comunicado divulgado este miércoles, la cancillería colombiana apuntó que el fallo esperado para el jueves trata de “un caso sobre responsabilidad internacional y derechos de los Estados” y no una nueva delimitación.
“De igual forma, la corte también decidirá si es Nicaragua la que ha infringido el derecho internacional”, en virtud de las contrademandas interpuestas por Colombia, agregó la nota.
Colombia alega que su presencia en esa región del Caribe obedece a “imperativos” como la lucha contra el narcotráfico u operaciones de salvataje marítimo internacional.
La CIJ, el principal órgano judicial del sistema de la ONU, fue creada en 1946 para resolver disputas entre Estados. Los países están obligados a implementar las sentencias de la CIJ, que son definitivas y por lo tanto no se pueden ser objeto de apelaciones.
En situaciones excepcionales en las que un país se niega a implementar un fallo de la CIJ, el país querellante puede remitir el asunto al Consejo de Seguridad de la ONU para que tome medidas adicionales.