El secretario de Salud de Córdoba Walter Hernán Gómez Reyes, expidió la resolución número 00941 por medio de la cual se declara la alerta roja en el departamento de Córdoba, para mitigar los efectos de la pandemia por el coronavirus y se dictan otras disposiciones.
Dentro de las consideraciones tenidas en cuenta para la adopción de dicha medida, sobresalen el aumento de casos, que a la fecha 05 de julio de 2020, alcanzaba la cifra de 1.086 (mil ochenta y seis) casos positivos, 77 muertes, de las cuales, 64 han sido confirmadas como consecuencia del COVID–19, lo que representa una letalidad del 6,1%, por encima de la media nacional que es del 3,4%.
“Que, a partir del 17 de junio de 2020, de acuerdo al monitoreo diario
realizado en el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias – CRUE – se ha evidenciado que la demanda de atención para servicios de UCI adultos, en pacientes diagnosticados como sospechosos confirmados de COVID-19, se ha incrementado de manera gradual, la cual ha sido atendida con la capacidad instalada disponible por el departamento”, explica en otro de sus apartes este acto administrativo.
Igualmente sostiene que el Sistema de Alertas Tempranas SAT, ante el nivel de ocupación de las camas UCI, el cual se encuentra en un 81,8%, considera que el nivel de alerta para el manejo hospitalario se encuentra en roja, por lo cual se hace necesario decretar la alerta roja en el departamento de Córdoba.
Con esta declaratoria se implementará una estructura de
intervención que conlleve a la respuesta inmediata de las autoridades
departamentales; activación del puesto de mando unificado, en coordinación permanente con el CRUE, las secretarías de salud municipales y el Ministerio de Salud y Protección Social; se podrán adoptar medidas de restricción total a la movilidad y de suspensión de actividades de establecimientos de comercio; verificación, gestión y análisis diario por parte de la secretaría de desarrollo de la salud de Córdoba, de la información de salud pública, respecto del comportamiento del virus y de la capacidad instalada en salud, a fin de establecer los criterios urgentes de intervención necesarios para el manejo de la emergencia.
Igualmente se podrá hacer un seguimiento diario de la situación por el Puesto de Mando Unificado P.M.U., la dirección y control por parte de la secretaría de desarrollo de la salud, a través del CRUE de todas las Unidades de Cuidados Intensivos y Unidades de Cuidados Intermedios; activación de mecanismos de referencia de pacientes centralizados en el CRUE; reprogramación de procedimientos de baja complejidad, suspensión de cirugías programadas y otras actividades que generen ocupación de las camas de UCI y hospitalarias; disposición y activación durante esta fase de los recursos, áreas y personal de refuerzo requerido según la situación, así como activar los equipos de respuesta inmediata de la secretaría de desarrollo de la salud requeridos.