Finalmente, la togada le impuso una medida no privativa de la libertad a William Eduardo Gerónimo Saltarín, empleado del Juzgado 14 Laboral del Circuito de Barranquilla para 2012, 2013 y 2014, quien fungió como sustanciador y secretario. A este último la jueza le prohibió salir del país.
Todos los procesados firmaron un acta de compromiso en la que se comprometen a permanecer en su lugar de residencia y a no cambiar de dirección, sin previa autorización; conservar buena conducta individual, familiar y social, así someterse a vigilancia por parte del Instituto nacional y penitenciario, Inpec.
A los tres procesados que la togada les otorgó el permiso para trabajar, lo hizo solo para que laboren en actividades que no estén relacionadas con la profesión de Derecho.
De los 11 procesados por los delitos de concierto para delinquir prevaricato por acción y por omisión; falsedad en documento público, peculado por apropiación, concusión, cohecho, acceso abusivo a sistema informático, daño informático agravado, infidelidad a los deberes profesionales, fraude procesal y destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, solo dos no aceptaron cargos: William Eduardo Gerónimo Saltarín y José Gregorio Hernández Díaz.
El modus operandi
De acuerdo con el representante del ente investigador, los procesados se concertaron con el objetivo de defraudar a las entidades públicas, a través de demandas ordinarias, las cuales presentaron en los Juzgados Cuarto y 14 Laboral de Barranquilla, con la intención de obtener reconocimiento de derechos laborales tales como pensión de vejez por alto riesgo, reconocimiento de retroactivos por dominicales y festivos; indemnización moratoria por la no cancelación en forma completa y oportuna de salarios, cesantías y demás prestaciones, entre otros reconocimientos, sin que existieran los soportes que acreditaran la legalidad de los mismos.
El porcentaje por cada fallo, según lo revelado por el fiscal, oscilaba entre el 2 y el 10 por ciento del valor total por cada proceso que era fallado en favor de la parte demandante y en contra de Colpensiones y del Instituto de Seguro Sociales, siendo el mayor porcentaje para los entonces jueces Juan Carlos Correa Olaya (condenado) y Armando Noguera Imitola, así como para la abogada Maryori Sofía De la Hoz Peña, quienes lideraban el ‘cartel de las pensiones’ en el Atlántico.
Detalló el fiscal que los montos de los procesos ordinarios fallados en favor de los demandantes, en muchos de los casos, superaban los 1.000 millones de pesos.