Los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmaron la decisión de un juez de primera instancia y negaron la solicitud de la Fiscalía General de la Nación de precluir la investigación adelantada contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, por estar supuestamente implicado en soborno a testigos.
La decisión fue adoptada por una sala de tres magistrados, quienes revisaron la apelación presentada por parte de la Fiscalía y la defensa de Uribe Vélez a la decisión adoptada el pasado 23 de mayo por el Juzgado 41 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.
El magistrado explicó que un juez no puede ordenarle a la Fiscalía que acuse al expresidente Álvaro Uribe, por lo que resaltó que, en la independencia de sus facultades, el ente acusador podrá determinar el paso a seguir en este caso.
«Un juez no puede ordenar a la Fiscalía acusar, se trataría de una inaceptable intromisión a los roles que cada parte que asume en el sistema penal, también sería una forma de lesionar el principio acusatorio por el cual se construye el modelo procesal vigente, de lo que se concluye que el acto de acusar es como lo ha denominada la unidad especializada un monopolio explosivo del Estado delegado a la Fiscalía», mencionó el magistrado Carlos Andrés Guzmán.