Mediante el Acuerdo 20201000002386, la Comisión Nacional del Servicio Civil declaró la pérdida de fuerza de ejecutoria y derogó los acuerdos 20161000001336 del 2016 y los modificatorios 20171000000106 y 20171000000126 del 2017, relativos al concurso abierto de méritos para proveer empleos de la planta de personal de las superintendencias de la administración pública.
Ahora, inició la etapa de planeación de un nuevo proceso de selección para las nueve superintendencias de la administración pública nacional, considerando para tal efecto el reporte de empleos y la totalidad de las vacantes definitivas que se tengan a la fecha.
Cabe precisar que este reporte de empleos y vacantes debe estar registrado por cada una de las entidades en el aplicativo SIMO.
Así mismo, con el objeto de garantizar los derechos de los aspirantes inscritos, se permitirá:
- Participar en un empleo del mismo grupo jerárquico (asistencial y técnico o profesional y asesor) al inicialmente seleccionado para la Convocatoria 430 – superintendencias sin pagar valor adicional por el derecho de participación.
- Participar en un empleo de superior nivel jerárquico al inicialmente seleccionado para la convocatoria, pagando la diferencia del valor del derecho de participación en caso que se hubieran inscrito a un empleo del nivel asistencial o técnico, valor correspondiente al actualizado a la fecha del año de publicación de la nueva convocatoria.
- Solicitar la devolución del valor pagado como derecho de participación mediante el procedimiento y fechas que se determine y que será publicada a través de la página web la CNSC.
El procedimiento para solicitar cualquiera de las opciones será informado una vez se inicie el nuevo proceso de selección, a través de la página www.cnsc.gov.co, por lo pronto no es necesario que los aspirantes realicen solicitudes adicionales al respecto.
Comisión Nacional del Servicio Civil, Acuerdo 20201000002386, Jul. 1/20.