CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: AYUDAR AL SUICIDIO NO CONSTITUYE HOMICIDIO

La Corte Suprema de Justicia se pronunció por primera vez con respecto al cargo de ayuda al suicidio, pues concluyó que las pruebas forenses y técnicas son fundamentales para distinguir este delito del homicidio agravado.

El caso por el que se tomó la decisión fue el de una joven de 20 años que se quitó la vida en el año 2017, pidiendo ayuda a un habitante de calle de la ciudad de Manizales.

El hombre fue investigado y sentenciado por el delito de homicidio agravado, sin embargo, luego de una solicitud del abogado defensor de la Defensoría Pública, la Sala de Casación, argumentó que tenía suficientes pruebas para comprobar que la joven fue quien tomó la decisión de quitarse la vida, pues en días anteriores al hecho, hizo varias consultas en internet sobre la manera de suicidarse.

“En los días anteriores a su deceso, realizó en su computador personal ingentes búsquedas de información relacionada con métodos y formas para cometer suicidio. En concreto, consultó descriptores como «maneras de suicidio», «maneras de suicidio fácil y sin dolor»”, explica la sentencia.

Estas pruebas fueron contrastadas con el testimonio del médico forense que hizo la autopsia de la joven, quien aseguró que, según las heridas, evidencia duda en cometer el hecho, pero que esto no necesariamente sería por parte de la mujer sino que podría tratarse de una actitud vacilante del condenado.

“Existe la probabilidad de que la lesión que afectó la vena yugular interna izquierda haya sido ocasionada, no por la propia mujer vacilante, sino por el acusado”, menciona el documento.

Finalmente, la Corte Suprema consideró que estos argumentos comprobarían la veracidad de la versión del habitante de calle, por lo que decidió casar parcialmente la primera sentencia que condenaba al hombre a 33 años de prisión por homicidio agravado.

El abogado defensor Gustavo Perdomo resaltó que con esta decisión, el señalado tendría el beneficio de reducción de pena, pues el delito de ayuda al suicidio sólo conlleva una pena de 32 a 108 meses de prisión. 

La Corte ordenó la liberación inmediata del condenado, quien se encontraba recluido en la cárcel de máxima seguridad de Cómbita en Boyacá.

Esta es la sentencia: 

0018 62158 Sentencia_0_0 (1)

Tomado de RCN radio 

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