A PARTIR DEL 1 DE ENERO 2021 MONTERÍA COBRARÁ TASA “PRODEPORTE Y RECREACIÓN”

A través del acuerdo 032 del 3 de diciembre de 2020, el Concejo de Montería aprobó la creación de la tasa prodeporte y recreación en Montería por medio de la cual se asignan recursos destinados única y exclusivamente a fomentar el deporte y la recreación en el municipio.

El coordinador de la Oficina de Deportes Municipal, Enrique García, expresó que “esto es un apoyo fundamental para la formación de nuestros deportistas a través de las escuelas y clubes deportivos, el cual se verá reflejado en la consolidación de más talentos deportivos presentes en la zona urbana y rural del municipio y en el fortalecimiento de proyectos que promuevan hábitos y estilos de vida saludables”.

Algunos de los destinos de los recursos asignados son, el apoyo de programas de deporte y educación física para la población en general, identificación y selección de talentos deportivos, fortalecimiento de la reserva deportiva orientado al alto rendimiento deportivo convencional y paralímpico, incentivos económicos para atletas y entrenadores en ciertos certámenes deportivos.

De igual forma, podrán ser utilizados en adquisición de elementos de formación deportiva, apoyo en la participación de atletas y deportistas en competencias nacionales e internacionales y en mantenimiento y construcción de la infraestructura deportiva, entre otros.

La tasa prodeporte y recreación cuenta también con un porcentaje establecido para gastos de refrigerio y transporte de acuerdo con las necesidades de niños y jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, miembros de escuelas y clubes deportivos locales debidamente legalizados.

El acuerdo regirá a partir del 1° de enero de 2021 con el objetivo de fortalecer programas y proyectos deportivos en el municipio.
Todo aquel que contrate con el municipio deberá pagar la tasa. Están exentos los convenios y contratos de condiciones uniformes de los servicios públicos domiciliarios, de prestación de servicios suscritos con personas naturales, educativos y los que tienen que ver con el refinanciamiento y el servicio de la deuda pública.

Según la ley 2023 de 2020, la tarifa de la Tasa Pro Deporte y Recreación no puede exceder los dos puntos cinco por ciento (2.5%) del valor total del contrato determinado en el comprobante de egreso que se establezcan entre el ente territorial y las personas naturales y/o jurídicas, públicas o privadas.

Tomado de gsnoticias

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