Por: Jaime Burgos Martínez. Abogado especialista en derechos administrativo y disciplinario.
Según el diario El Tiempo, de hoy viernes, página 1.8, las comisiones terceras del Congreso de la República, en sesión conjunta, aprobaron, en primer debate, el articulado del proyecto de ley 118 de 2022 (reforma tributaria) y, entre ellos, el de …un impuesto para las pensiones de más de 13 millones de pesos. ¡Qué arbitrariedad!
Digo que es arbitrario porque es un acto sujeto al capricho antes que a la Constitución Política, a la ley o a la razón; y, en palabras del Diccionario panhispánico del español jurídico, la arbitrariedad es el «Acto o proceder contrario a la justicia, la razón o las leyes dictado solo por voluntad o capricho de su autor, sin un razonamiento suficiente y sin explicación bastante de las razones en que se basa o careciendo estas de cualquier fundamento serio».
(https://dpej.rae.es/lema/arbitrariedad).
La jubilación se genera, como lo he afirmado en otras oportunidades, por razón de vejez y el cumplimiento de cierto tiempo de servicio, que lleva al cese del trabajador en sus actividades y le da derecho a una pensión; pero con la imposibilidad de gravarlas como ingreso laboral, pues no son más que la devolución del ahorro forzoso del trabajador durante toda su vida (C-177/98 y C-397/11).
De igual manera, lo expresó la Procuraduría General de la Nación, con base en normas constitucionales y diferentes fallos de la Corte Constitucional, cuando señaló que «…las pensiones no pueden ser tratadas como un ingreso, en la forma que se define para las personas activas y productivas económicamente consideradas. El sistema pensional no es un beneficio sino un derecho construido a lo largo de la vida laboral» (oficios de 14 de septiembre de 2022, dirigidos a los presidentes de las comisiones tercera del Congreso de la República).
Sin embargo, a pesar de todas las advertencias y reflexiones públicas, las comisiones terceras del Congreso de la República, sin parar bolas y en una atolondrada sesión conjunta (de nueve horas) y a pupitrazo limpio, consintieron en el artículo sobre el impuesto a las pensiones; pero con la pequeña modificación de que el gravamen solo afectará a las que superen los trece millones de pesos. Los Padres de la Patria, miembros de estas comisiones ―quizá, por el prometido plato de lentejas, al estilo de Esaú― no cayeron en la cuenta de que el Gobierno nacional desdibujó el análisis en que se debe centrar la discusión o el problema jurídico; ¿si las pensiones son exentas o no de impuestos?
Esta actitud del Gobierno nacional, con la complicidad del Congreso de la República ―y más adelante, y ojalá que no sea así, con la de la honorable Corte Constitucional―, de tratar a toda costa de gravar las pensiones, tiene su explicación en abrir un boquete que en los próximos años se agrandará con la imposición de impuestos a las pensiones inferiores a los trece millones de pesos, incluidas las de uno o dos salarios mínimos legales, o sea, ¡ningún pensionado se salvará de pagar tributos, qué horror!
No tiene ninguna justificación, fuera de la inconstitucionalidad, que el gravamen sobre las pensiones superiores a trece millones de pesos sea menos del 0,2% de los pensionados, que no va a solucionar el presunto déficit fiscal, puesto que, según lo informó el diario La República, el pasado jueves 6 de octubre, «Por ahora, según cuentas del Ministerio de Hacienda, esta reforma tributaria afectaría a solo 0,2% de los pensionados [con pensión encima de diez millones de pesos], que contribuirían a este nuevo impuesto. Esto significa, además, que la reducción de la renta exenta pasará de $500 millones a $75 millones» (https://www.larepublica.co/especiales/reforma-tributaria).
Más bien, podría pensarse para elucidar algo, desde el punto de vista político, la concreción de lineamientos del Foro de Sao Paulo (partidos y grupos políticos de izquierda), que traza planes para América Latina, de crear una crisis en el sistema pensional colombiano, con la imposición de impuestos inconstitucionales y el posible debilitamiento y posterior eliminación de los fondos privados de pensiones para que se derrumbe Colpensiones; y, luego, una reforma arbitraria a imagen y semejanza del Gobierno nacional. ¡Qué desgracia!
Ello se puede deducir de las declaraciones, de hace dos semanas, de la ministra de Salud, cuando afirmó, en Diálogos con el médico cirujano, especialista en salud pública, Federico Gelli: «Tiene que haber una crisis explícita, clara, que le permita a la sociedad entender que se requiere el cambio; pero después de eso que haya una transformación del sistema de salud tiene que haber una propuesta alternativa». (https://www.youtube.com/watch?v=i4pZjkS.Cqts). ¡Este es el comienzo de la pauperización de los pensionados y de la dictadura gubernamental! ¡He ahí el cambio!
Excelente artículo,claro y directo.
Excelente artículo…
Claro, concreto, breve y contundente.
La advertencia escrita y anticipada de la Procuraduría a los congresistas, podría fundar la configuracion del conflicto y aún del prevaricato por parte de estos.
Excelente. El problema no es la cuantía sino los fundamentos constitucionales del artículo 48, 334, 13 y demás .