Luis Arturo Sánchez, c.c. 7.472.817, a mediados de este año 2022 recibió una comunicación de la Superintendencia de Sociedades, donde lo conminaban a responder un cuestionario ya que aparecía en documentos de Cámara de Comercio como Revisor Fiscal de la sociedad Intec de la Costa s.a.s.
Intec de la Costa es una de las empresas integrantes, con el 15% , de la UT Centros Poblados, a la cual la Superintendencia le sigue una investigación administrativa a raíz de la desaparición de un anticipo de $70.000 millones de pesos del contrato con Mintic, valorado en $1 billón de pesos.
Sánchez es un contador sexagenario, de extracción socioeconómica media baja, y después de haber trabajado un largo período de su vida en la Universidad del Atlántico, ahora asesora contablemente negocios pequeños y amigos.
La comunicación de la Superintendencia de Sociedades, donde también le formulaban cargos, le cayó como un balde de agua fría. Luis Arturo Sánchez no conocía la sociedad Intec de la Costa s.a.s., ni a sus socios, y obviamente nunca firmó documento alguno que lo acreditara como Revisor Fiscal de esa empresa.
La Supersociedades argumentaba que “…en el certificado de existencia y representación legal de la sociedad INTEC DE LA COSTA S.A.S, identificada con NIT.800.502.135-1, puede observarse que usted funge como revisor fiscal de la sociedad, tal y como consta a continuación:
Así mismo, en el expediente que reposa en el Registro Único de Proponentes referente a la Sociedad constan diferentes estados financieros de la sociedad suscritos por usted”.
Luis Arturo Sánchez está absolutamente seguro que utilizaron su nombre, su tarjeta de contador y falsificaron su firma para colocarlo desde la creación de INTEC DE LA COSTA en 2015 como Revisor Fiscal.
«Yo no conozco esa empresa, ni nunca e mi vida he vista a sus socios, no sé quienes son», replica Sánchez. «Por eso, de inmediato, instauré en la Fiscalía una denuncia contra ellos, por falsedad y suplantación de personas».
No es un caso único
El contador Luis Arturo Sánchez deberá demostrar en el proceso penal que falsearon sus documentos y lo suplantaron. Pero sabemos, por varias fuentes, que se trata de una vieja artimaña utilizada por empresas para evitar la contratación y supervisión de un Revisor Fiscal.
«Se aprovechan de la laxitud de la Cámara de Comercio de Barranquilla para recibir documentos y firmas que nunca comprueban, para armar sus entuertos», expresa Sánchez.
Explica que de igual manera muchas empresas presentan balances y estados financieros falsos para ganar puntos en las licitaciones, y todo lo dejan sentado en los documentos de la Cámara de Comercio.
Los Comités de Selección en las licitaciones tampoco se toman el trabajo de investigar si los documentos que presentan estas empresas corresponden a la realidad. Se limitan a creerle en un 100% a lo emitido por la Cámara de Comercio.
Y ni qué decir de los interventores, los cuales deberían contrastar toda la documentación de las sociedades ganadoras de licitaciones, pues dentro de sus responsabilidades está la supervisión legal de los contratistas ganadores.
Todo este mundo de falsedades y engaños son el sostén del latrocinio que se han apoderado de la contratación estatal, en donde conviven la corrupción privada y la corrupción oficial.
La responsabilidad de los Revisores Fiscales
Con relación a la figura del Revisor Fiscal en Colombia, dentro de sus obligaciones conforme a la ley 43 de 1990 y el código de comercio en su artículo 207, este último, expresa que el objetivo de la Revisoría Fiscal es “examinar la información financiera de la entidad con el fin de expresar una opinión profesional independiente sobre los estados financieros y la evaluación y supervisión de los sistemas de control interno”.
Los Revisores Fiscales cumplen un rol determinante, en su calidad de especialistas altamente capacitados y calificados, en materia contable, financiera y económica, y se encuentran en capacidad de identificar posibles conductas que podrán ser calificadas como lavado de activos, financiación del terrorismo, soborno transnacional, o corrupción, pero además tienen la responsabilidad de ejercer sus atribuciones de tal forma que sirvan para apoyar a las entidades y a la sociedad de la que hacen parte en la lucha contra esos delitos y esas conductas.
En pocas palabras el Revisor Fiscal es el representante del gobierno (o de la comunidad) dentro de cada empresa o sociedad.
La Ley 43 de 1990 establece que la actividad del contador público no debe limitarse a satisfacer las necesidades de un determinado cliente o de la entidad para la que trabaja, sino que también busca satisfacer las necesidades de la sociedad. |
Los Revisores Fiscales se han convertido en eslabones importantes en la cadena de corrupción que manejan verdaderas organizaciones criminales en pos de los bienes públicos. Pero nadie los mira, ningún ente de control les pide cuenta.
De los cientos y cientos de casos de corrupción que hemos registrado en nuestras notas e investigaciones periodísticas, no vemos que se indague las actuaciones de los revisores fiscales.
Obsérvese todo lo que se ha legislado con respecto a la responsabilidad de los Revisores Fiscales:
Lo anterior indica que elegir un Revisor Fiscal es una acto serio y que tiene sus complejidades, como la publicación para recibir proponentes al cargo, la escogencia entre por lo menos tres proponentes, la revisión de la hoja de vida y certificaciones, etc.
El caso INTEC DE LA COSTA
El 26 del febrero de 2015 José Fernando Loduy Fernández, c.c. 72.137.537, presentó ante la Cámara de Comercio de Barranquilla el Acta de la Asamblea general de su empresa unipersonal SEVERAL SERVICES E.U. Nit 830.502.135-1, con el fin de registrar una serie de transformaciones.
El acta registraba la transformación de la empresa unipersonal a sociedad por acciones simplificadas (s.a.s), el nombramiento del gerente y el revisor fiscal y la aprobación de los estatutos.
También quedó sentado en la cláusula primera de los Estatutos que la razón social de la sociedad sería INTEC DE LA COSTA SAS.
Como único accionista quedó José Fernando Loduy Fernández, quien asumió el capital pagado de $500 mil pesos con 500 acciones de $1.000 cada una. El capital autorizado y suscrito fue de $500.000.
El capital de esta empresa solo alcanzaba para colocar una venta ambulante de aguacates o frutas.
Pero su objeto social era impresionante: “…ejecución de obras relacionadas con la arquitectura y la ingeniería, …como la construcción de viviendas para la venta, …unifamiliares, conjuntos residenciales o edificios familiares…, desarrollar planes de urbanización, viviendas populares…”.
José Fernando Loduy Fernández designó como Gerente de la sociedad a Hugo Armando Cañaban Hoyos, c.c 10.932.959, y como Revisor Fiscal a Luis Arturo Sánchez.
Pero Luis Arturo Sánchez asegura que no conoce a estos dos personajes, ni nunca ha sido invitado para que fuera Revisor Fiscal de la empresa INTEC DE LA COSTA SAS, ni ha firmado documento alguno como contador.
Tanto Lorduy como Cañaban anexaron a la Cámara de Comercio de Barranquilla fotocopias de los documentos del contador Luis Arturo Sánchez y una carta de aceptación que podría ser falsa.
Luis Arturo Sánchez explicó que es sabido que muchas empresas hacen este tipo de patraña con la Cámara de Comercio, pues esta entidad recibe fotocopias y documentación sin verificar si son auténticas o provienen de sus reales dueños.
Una vez queda registrada una acta en la Cámara de Comercio, se asume que todo su contenido es verdad. Y así trabajó desde 2015 la empresa INTEC DE LA COSTA SAS, con un revisor fiscal falso, que firmaba documentos financieros tan delicados como los balances que acreditaban que esta empresa que nació con un capital de $500.000 en 2015, en 2021 contaba unos activos de $50.462.056.230.
El lector puede concluir que Centros Poblados estaba conformado por sociedades con documentos falsos y el Comité de Selección de Mintic no se dio a la tarea de verificarlos.