Un ciudadano demandó a una empresa para que se declarara que su despido fue injusto. Argumentó que contaba con autonomía y libertad para implementar políticas que mejoraran el servicio de la empresa y acrecentaran sus ganancias, por ello aplicó unos estímulos.
La demandada, en su defensa, dijo que el accionante fue despedido por justas causas, expuestas oportunamente en la misiva que finalizó el vínculo. Apuntó que el trabajador autorizó la utilización indebida de unos bonos como estrategia de ventas, lo que no estaba aprobado por la entidad. En primera y segunda instancia condenaron a la empresa.
Para la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, se evidencia la deslealtad con la empresa y sus subordinados, pues el comportamiento del gerente regional de la sociedad demandada, al disponer de unos bonos asignados en beneficio exclusivo de un grupo de trabajadores, con la excusa de alcanzar las metas impuestas, generó un detrimento de los derechos de sus colaboradores y sus aspiraciones de lograr un mejor ingreso.
La Sala recordó que la obligación primordial de todo trabajador, según la cual debe guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros, debe preservarse en todo lugar, sobre todo para asuntos relacionados con la relación laboral. Por ello, la violación grave de esta obligación constituye una justa causa de terminación del contrato de trabajo. En consecuencia, el alto tribunal resolvió casar la sentencia y absolver de los cargos a la demandada (M. P. Jorge Prada Sánchez).
Tomado de Ámbito Jurídico