- El órgano de control estableció que el sancionado incurrió en el delito de cohecho propio al recibir alrededor de $1.600 millones de esa firma.
- Señaló que Elías Vidal ejerció indebidas influencias sobre servidores públicos haciendo prevalecer intereses particulares.
La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general de 12 años al exsenador de la República Bernardo Miguel Elías Vidal, por incurrir en hechos de corrupción, aprovechando su investidura de congresista, para beneficiar a la firma Odebrecht en el trámite de procesos contractuales.
En fallo de primera instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular estableció que Elías Vidal cometió el delito de cohecho propio, al recibir alrededor de $1.600 millones de la firma Odebrecht entre los años 2012 y 2014 para conseguir beneficios y decisiones favorables para esa empresa.
El órgano de control determinó que el ahora sancionado aprovechó su condición como integrante de la Comisión Tercera del Senado, encargada de estudiar y debatir asuntos relacionados con el presupuesto de rentas y gastos de la Nación, para ejercer influencias políticas y así lograr que se firmara la adición del contrato correspondiente al tramo Ocaña-Gamarra de la Ruta del Sol – Tramo II, y adelantó gestiones para que se suscribiera el contrato de estabilidad jurídica con dicha empresa.
Para la Procuraduría, Elías Vidal “quebrantó sin justa causa el correcto funcionamiento de la administración pública, pues, de un lado ejerció indebidas influencias sobre servidores públicos haciendo prevalecer intereses particulares, y derivó para sí y para otros beneficios económicos, cuando le correspondía actuar conforme lo demandaba su investidura de congresista, encaminando su comportamiento a la búsqueda del bien común y la consecución de los fines del Estado”.
Por esos hechos, el Ministerio Público señaló que el exsenador vulneró los principios de moralidad y transparencia que rigen la función pública, y lo sancionó por dos cargos disciplinarios calificados como faltas gravísimas cometidas a título de dolo.
En el fallo, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular destacó que,“cada que un servidor público trasgrede un deber, el derecho disciplinario aparece como una forma de autotutela, para actuar en virtud de esa relación especial de sujeción que lo ata y le impone proceder con probidad y en garantía de los derechos fundamentales”.
En desarrollo del proceso, Elías Vidal aceptó su responsabilidad disciplinaria frente a los cargos señalados por la Procuraduría.
El fallo de primera instancia puede ser apelado por el sancionado ante el despacho de la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco.