- En un segundo proceso, la PGN también citó a audiencia pública a la funcionaria por presuntas irregularidades al certificar experiencia e idoneidad de un proponente.
La Procuraduría General de la Nación citó a audiencia de juzgamiento disciplinario a la secretaria de Educación de Palmira, Olga Lorena Cifuentes Giraldo, y a la subsecretaria de Cobertura Municipal, Lina María Paredes García, por presuntas irregularidades contractuales en el PAE (Programa de Alimentación Escolar) que pudieron dejar sin el beneficio a cerca de 19.200 niños, niñas y adolescentes en la zona urbana del municipio.
La Provincial de Cali cuestionó a las investigadas la presunta participación en etapa precontractual, con supuesto desconocimiento de los principios de planeación y economía de la contratación estatal, al suscribir la justificación del Contrato MP 260-2020.
Al parecer Cifuentes Giraldo no coordinó la elaboración del diagnóstico situacional para la atención durante la Emergencia Social, Económica y Ecológica, de manera que permitiera la refocalización real de los beneficiarios más vulnerables registrados en el SIMAT (Sistema Integrado de Matrícula Estudiantil), y presuntamente Paredes García no controló la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en el sistema del municipio, con la finalidad de mantener las estadísticas e indicadores para facilitar el análisis de los usuarios.
Las investigadas solo se habrían soportado en los registros consignados en el SIMAT, aludiendo al parecer que únicamente 12.096 beneficiarios en la zona urbana tenían los datos completos.
La Procuraduría también cuestionó a la secretaria de Educación porque al parecer certificó la experiencia e idoneidad de la empresa Intiva Agencia BTL S.A.S, sin tener en cuenta que con los documentos presentados no era posible acreditar cumplimiento de los requisitos habilitantes para la participación en el proceso contractual.
Así mismo, cuestionó a Cifuentes Giraldo la presunta vulneración del principio de responsabilidad que regula la contratación estatal, al suscribir y ejecutar el negocio jurídico, con un presunto sobrecosto del 23.34% equivalente a $85’972.281 del valor total del contrato.
Para la PGN la investigada no habría velado por la debida aplicación e inversión de los recursos públicos, toda vez que con la suscripción del contrato y su consecuente ejecución, se pagaron dineros de más por productos que se hubieran podido adquirir a un menor precio.
En el caso de la subsecretaria de Cobertura, la Procuraduría también le reprochó porque supuestamente certificó como recibido la primera entrega de los mercados mediante las órdenes de pago parcial No.1 y No. 2 del 14 y 16 de abril de 2020 respectivamente, no obstante, que los soportes de ingreso de las raciones al almacén tienen fecha del 16 y 17 de abril.
Adicionalmente, la PGN reprochó a Paredes García un presunto incumplimiento de su deber de verificar ya que, al parecer, certificó como recibidas a satisfacción 973 raciones con fecha del 20 de abril, cuando según los soportes entraron el 24 de abril de 2020.
Certificación de idoneidad
En un segundo proceso, el órgano de control citó a audiencia pública a la secretaria de Educación por presuntas irregularidades en la suscripción y ejecución del PAE durante la emergencia sanitaria por el covid-19.
La Provincial de Cali reprochó a la investigada la presunta vulneración del principio de selección objetiva, porque aparentemente certificó la experiencia e idoneidad de la empresa Chiper S.A.S, sin tener en cuenta que, con los documentos presentados por parte del proponente, no era posible acreditar el cumplimiento de los requisitos habilitantes para la participación en el proceso, cuyo objeto era el suministro de raciones para preparar en casa de los beneficiarios en la zona rural del municipio.
Así mismo, cuestionó una supuesta vulneración del principio de responsabilidad de la contratación estatal, al suscribir y ejecutar el Contrato de Suministro No. MP-269-2020, en presuntas condiciones de sobrecosto.
Al parecer, con la suscripción y ejecución del negocio jurídico se pagaron dineros de más por productos que se hubieran podido adquirir a un menor precio, por lo que la investigada probablemente no veló por la debida aplicación e inversión de los recursos públicos para garantizar la prestación de los servicios educativos.
Para la Procuraduría la entidad “tuvo oportunidad de comparar el precio de los alimentos suministrados con los precios del mercado, que de hacerse un análisis serio y en condiciones de igualdad, había cotizaciones que resultaban ser mucho más favorables”.
El órgano de control calificó provisionalmente las presuntas faltas de las investigadas como gravísimas a título de culpa gravísima.