ALCALDÍA DE BOGOTÁ SOLO TIENE 10 DÍAS PARA REUBICAR A LOS INDÍGENAS EMBERA

La Juez Tercera de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple falló a favor de los derechos de los pueblos étnicos la acción de tutela interpuesta por el Personero de Bogotá, Julián Pinilla Malagón.

La Personería señaló que la «la medida conmina a la administración distrital a brindar a los grupos de las comunidades indígenas asentadas en Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, las condiciones de salud, alimentación, agua potable, elementos de aseo personal, manejo de residuos y desagües para gozar de condiciones sanitarias de habitabilidad mientras se resuelve su reubicación».

Por su parte, el personero expresó que “a través de este fallo se le ordena a la administración distrital a hacer la caracterización, que permita identificar las necesidades de las comunidades indígenas. Además, ordena en el término de 10 días generar las medidas que permitan buscar un lugar o un albergue que cumplan con las garantías de los derechos fundamentales de la población”.

Dentro de los accionados están: Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital de Hábitat, Alta Consejería de Paz, Víctimas y Reconciliación; y Subdirección de Asuntos Étnicos de la Secretaría Distrital de Gobierno.

Por último, el órgano de control hizo un llamado para que se proteja a las poblaciones indígenas de la ciudad y se respete su autonomía y costumbres.

Tomado de Caracol radio

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