CONSEJO DE ESTADO DETERMINÓ QUE POLÍTICOS SÍ PUEDEN ASPIRAR A CURULES DE PAZ

El Consejo de Estado abrió la puerta para que los políticos que hayan sido acreditados como víctimas del conflicto puedan aspirar a una de las 16 curules de paz que harán parte del Congreso en 2022.

La decisión la profirió esta semana la Sección Quinta de ese alto tribunal, y de inmediato generó discordia en organizaciones de víctimas, ya que tiene como punto principal que los candidatos elegidos o no en cargos públicos de hace cinco años para atrás van a poder inscribirse para competir por un puesto en la Cámara de Representantes bajo el eslogan de la paz.

La inconformidad está en que cuestionados políticos como Alan Jara, exgobernador del Meta que padeció el secuestro en 2001 y que ha sido investigado por irregularidades al frente de ese departamento, ahora tienen vía libre para lanzarse al Legislativo por una curul.

Ese es el mismo caso de Fernando Araújo, exministro en el gobierno de Álvaro Uribe, y quien fue secuestrado por las exFarc en el 2000. De él se conoció hace años presuntos vínculos en el escándalo de corrupción de Chambacú, en el que se habrían beneficiado políticos como él.

Eso sí, si se postulan tienen que cumplir con otros requisitos como el haber nacido o llevar más de tres años viviendo en uno de los territorios que hagan parte de alguna circunscripción de víctimas.

Y aunque hasta el momento ninguno ha mostrado señales de querer aspirar a una de esas candidaturas, de acuerdo a Juan Carlos Quintero, líder social del Catatumbo, la decisión del Consejo tiene impacto directo en la conformación de las curules, pues “abre un boquete para que partidos políticos se las tomen”. Y es que según él, la determinación empeora el panorama, porque en el país se estarían moviendo maquinarias que disfrazan a la gente para ocupar dichos puestos.

Una medida urgente

Lo dispuesto por la Sección Quinta se dio por una demanda que pidió anular el artículo 7 de la Resolución 10592 de 2021, en especial su primer numeral.

Este estableció que estaban inhabilitados para aspirar por una curul quienes en cualquier tiempo hayan sido candidatos o elegidos en cargos públicos con el aval de algún partido político.

Según el demandante, esta iba en contravía al Acto Legislativo 02 de 2021, que creó las curules y especificó que no podían presentarse a ellas quienes hubieran ocupado un cargo público en los cinco años anteriores a la inscripción de candidatos, que finaliza este 13 de diciembre.

Es decir, mientras en la resolución se hablaba de “en cualquier tiempo”, el Acto fijó cinco años. Por eso, como medida cautelar de urgencia, en vista de que en tres días termina el plazo para inscribirse, el Consejo de Estado tomó esa determinación de forma provisional, mientras emite un fallo de fondo sobre la demanda interpuesta.

Tomado de El Colombiano

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