Pese a que la recusación presentada por María Eugenia Ramos Villa, exsecretaria de Planeación de Antioquia, contra la Contraloría y la Procuraduría, el proceso de responsabilidad fiscal enfrenta un nuevo obstáculo, pues el candidato presidencial Sergio Fajardo presentó una nueva recusación contra Carlos Felipe Córdoba.
» Esta no es una recusación para apartar al señor contralor del proceso UCC-PRF-014-2019, pues el señor contralor no es competente para adoptar la decisión de fondo en el caso. Sin embargo, sí es competente para resolver la recusación presentada contra la contralora Delegada Intersectorial No 9 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción y los miembros de la Sala Fiscal y Sancionatoria de la Contraloría General de la República, y sobre esa decisión versa esta recusación», afirmó Fajardo.
En cuanto a la otra recusación. la Procuraduría General rechazó la el recuso impuesto por María Eugenia Ramos Villa, exsecretaria de Planeación de Antioquia, contra el organismo y la Contraloría General. El recurso se había interpuesto porque, supuestamente, se habían negado las garantías en el proceso de responsabilidad fiscal que se adelanta por el proyecto Hidroituango.
El proceso de responsabilidad involucra a 26 personas y una cuantía que alcanza $4,3 billones. De esta manera, se esperaba que hubiese una decisión en segunda instancia sobre los más de 20 implicados en el proceso, pero con la nueva recusación de Fajardo el panorama vuelve a complicarse.
Ramos Villa había argumentado que la imparcialidad de la contraloría delegada para el caso estaba en entredicho, pues, según su denuncia, la entidad se había mostrado en redes sociales y medios de comunicación una mirada poca objetiva al caso.
El contralor Carlos Felipe Córdoba y la procuradora Margarita Cabello también fueron incluidos en la recusación, pues la exsecretaria argumentó que los funcionarios no habían ofrecido garantías de imparcialidad para tomar la decisión de la responsabilidad fiscal en segunda instancia.
Sin embargo, la Procuraduría rechazó el recurso y aseguró que no tiene lugar el recurso de apelación ante esta decisión.
«Dado que la recusación recae sobre el servidor público que deba adelantar, realizar o decidir una actuación – en ese caso de índole fiscal-, no sería factible alegar una causal frente a un funcionario que no esté conociendo el expediente, lo que implica que al ser inviable el evento impeditivo, carece de potencialidad y virtualidad de afectar el principio de imparcialidad”, aseguró la entidad.
Tomado de Asuntos Legales.