NIEGAN SUSPENSIÓN DEL PROCESO DE INCORPORACIÓN DE 484 FUNCIONARIOS A LA ALCALDÍA DE BARRANQUILLA

La Sección Segunda del Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del reglamento del concurso abierto por la Alcaldía de Barranquilla en el año 2018 para proveer cargos en su planta de carrera administrativa, contenido en el Acuerdo CNSC-20181000006346 del mismo año.

A juicio de los demandantes, quienes solicitaron la suspensión del acto cuestionado mientras se emite un juicio definitivo, se indujo a error al ente territorial al conducirlo a firmar el acto sin una coordinación previa entre la alcaldía y la Comisión Nacional de Servicio Civil (CNSC), ni una planificación del proceso.

Así mismo, aseguraron que tampoco se verificó la disponibilidad de los cargos, pues de 932 solo se ofertaron 484. Dichas falencias, señalan, son violatorias de varias normas constitucionales y legales.

En concepto del alto tribunal, al expediente fueron allegados los antecedentes del acto administrativo, entre ellos un acta de reunión de una mesa de trabajo conformada por la CNSC y la Alcaldía de Barranquilla, la certificación de disponibilidad presupuestal y un documento denominado Oferta Pública de Empleos (Opec), lo que permitió evidenciar que sí hubo coordinación entre entidades.

De otra parte, agregó, no es posible concluir que se hayan desconocido las normas sobre administración de justicia, autonomía administrativa y carrera administrativa que la parte actora señala como contrariadas, pues es necesario adelantar un juicio más exhaustivo, lo cual es ajeno a las facultades del juez en esta etapa del proceso. 

Tomado de Ámbito juridico.

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