TRIBUNAL NIEGA LA LIBERTAD DE RICHARD AGUILAR POR PRESUNTAS CORRUPCIONES

El Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud de libertad del exsenador Richard Aguilar en el marco del proceso que se le adelanta por presuntas irregularidades en casos de contratación vual cuando se desempeñó como Gobernador de Santander.

La decisión fue adoptada por el magistrado Luis Bustos Bustos, quien consideró que no se cumplen las motivaciones para dejar en libertad al excongresista. 

De acuerdo con el magistrado, avalar la petición del defensor de Aguilar conllevaría a pensar que el tratamiento jurídico de la Fiscalía General resulta ser mejor que el adelantado por la Corte Suprema, es decir, que favorecería al procesado, porque le permitiría escoger el juez natural, lo que violentaría el derecho que tendrían otros investigados por no contar con un fuero especial como el de congresista.

Según el Tribunal, los dos escenarios primarios de la Corte Suprema y de la Fiscalía, como son los de la indagatoria y la imputación y las respectivas medidas de aseguramiento, cumplen la misma figura jurídica como lo es la vinculación al proceso. 

Además consideró que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia fue respetuosa de los derechos al debido proceso del excongresista Richard Aguilar.

También argumentó que esta transición de la Corte Suprema a la Fiscalía no vulnera en ninguna medida los derechos de defensa del exsenador.

Debido a esto, Aguilar deberá seguir privado de su libertad en una guarnición militar en Bogotá.

Proceso contra Richard Aguilar sigue en firme

El fiscal quinto delegado ante la Corte Suprema, Fernando León Bolaños Palacios, argumentó que no constituía una decisión razonable iniciar desde cero el proceso contra Aguilar y, por el contrario, el expediente adelantando tanto por la Corte Suprema como por la Fiscalía sí son equiparables para seguir adelante con la investigación.

El fiscal aseguró que debe quedar claro que la definición de la situación jurídica y la medida de aseguramiento ordenada en su momento por la Corte Suprema contra Richard Aguilar fueron acorde a ley y quedaron en firme de manera legítima ya que la defensa nunca sustentó el respectivo recurso de reposición ante los magistrados de la Sala de Instrucción.

Así mismo, planteó que sí existe una inferencia razonable con base en los elementos de prueba  sobre la supuesta responsabilidad de Richard Aguilar en los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, interés Interés ilícito en la celebración de contratos, peculado por aprobación y concierto para delinquir.

“Desde ningún punto de vista se puede anular todo lo actuado por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. No podemos generar un caos al tratar de llegar a la conclusión de que todo lo actuado debe ser anulado”, afirmó el fiscal delegado.

Por su parte, la procuradora delegada había manifestado que tras la renuncia al congreso de Richard Aguilar, debía ser procesado bajo la Ley 906 del nuevo sistema penal acusatorio y por ende, para mantenerlo detenido la Fiscalía debe acudir ante un juez de control de garantías y solicitar la respectiva medida de aseguramiento.

En este caso se señalaba que, al igual cómo sucedió en el caso del exsenador Álvaro Uribe Vélez, no se podía mantener bajo detención a una persona procesada sin antes ser objeto de imputación de cargos.

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