En la capital colombiana se autorizarán a los establecimientos de comercio que expendan bebidas alcohólicas para su consumo en sitio, puedan desarrollar su actividad en el horario comprendido entre las diez de la mañana (10:00 a.m.) y las tres de la mañana (3:00 a.m.) del día siguiente.
La información fue conocida a través de un decreto establecido por el Distrito, donde también informan que el horario también será aplicable para el expendio de bebidas embriagantes en conciertos y eventos culturales.
«Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad e implementar dichos protocolos establecidos por el Ministerio de Salud», señala el decreto.
Cabe resaltar que, esta decisión se da porque la ocupación de camas del “servicio de cuidado intensivo (UCI), dedicada a la atención de personas afectadas por Covid-19, ha descendido en 49.4 puntos porcentuales desde la ocupación máxima reportada a inicios de la semana epidemiológica número 24 (19 de junio), con un porcentaje de ocupación del 98.5% y con corte a la semana epidemiológica número 34 (23 agosto) del 49,1%”.