PROPONEN QUE NO HAYA LÍMITE DE TIEMPO PARA INVESTIGAR LA CORRUPCIÓN

Un proyecto de ley radicado este jueves en el Congreso busca que los delitos contra la administración pública en el Código Penal no prescriban, con lo cual se evitaría que los funcionarios investigados por corrupción queden libres por vencimiento de términos.

Según el representante David Racero, de la Lista de la Decencia y autor de la iniciativa, el objetivo es evitar que las redes de corrupción que azotan al país dilaten los procesos judiciales para lograr la impunidad por dicho vencimiento de términos, un accionar que se ha vuelto recurrente.

“Con este proyecto, los corruptos no quedarán libres, tendrán que pagar cárcel. No seguiremos tolerando que sus delitos queden en la impunidad y que los recursos se pierdan”, explicó el legislador.

Y agregó: “Que la investigación no se cierre por vencimiento de términos, una de las principales ‘jugaditas’ de los corruptos para quedar libres (…) tenemos que garantizar que las investigaciones se puedan hacer en cualquier momento y que los dineros públicos no se pierdan”.

El texto del proyecto incluye el siguiente apartado al artículo 83 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal): “Cuanto se trate de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas en forma permanente o transitoria y por quienes obren como agentes retenedores o recaudadores, la acción penal será imprescriptible”.

Cabe aclarar que el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), en su artículo 307, es el que establece que la libertad del imputado se cumplirá de inmediato, por orden de un juez, cuando hayan transcurridos 60 días contados a partir de la fecha de imputación y no se hubiere presentado el escrito de acusación o solicitado la preclusión o cierre del caso.

Cuando hayan pasado 120 días contados a partir de la fecha de presentación del escrito de acusación y no se haya dado inicio a la audiencia de juicio. Y cuando transcurridos 150 días contados a partir de la fecha de inicio de la audiencia de juicio, no se haya celebrado la audiencia de lectura de fallo o su equivalente.

Aunque el vencimiento de términos no significa el fin de una investigación, sino que el sospechoso debe ser puesto en libertad mientras el proceso continúa, son varios los casos de funcionarios públicos que, a través de sus abogados, juegan a dilatar los casos para lograr esa decisión. A ello se suma la congestión del sistema judicial.

Las estadísticas muestran que en Colombia, año tras año, la corrupción aumenta. De acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción 2020 de Transparencia Internacional, el país obtuvo una calificación de 39 puntos sobre 100, y ocupa la posición 92 entre 180 países evaluados, donde cero significa corrupción muy elevada y 100, ausencia de corrupción.

“Colombia no logra una variación significativa en la calificación, que entre 2012 y 2020 ha estado entre los 36 y los 39 puntos”, dice dicho informe, que además señala que en la región, el país solo está por encima de Brasil y Perú en indicadores de corrupción y que “entre los países que hacen parte de la OCDE, Colombia ocupa el penúltimo puesto entre 37 países, superando únicamente a México”

Para atacar la corrupción y continuar dando respuesta a la crisis global, Transparencia Internacional recomendó fortalecer los órganos de control con suficientes recursos e independencia; asegurar una contratación pública abierta y transparente, libre de conflictos de interés y bajo precios justos; defender la democracia y facilitar el control ciudadano; y garantizar el acceso a información pública.

 

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